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| Formación Bonificada |
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Formación Bonificada a través de la Fundación Tripartita
Las empresas que coticen por la contingencia de formación profesional y tengan centros de trabajo en el territorio español disponen de un crédito para formación de sus trabajadores que pueden bonificarlo íntegramente en los seguros sociales.
El crédito de formación que asigna el Ministerio de Trabajo e Inmigración, le permite formar a los trabajadores bonificando los costes de formación con cargo a las cuotas de cotización a la seguridad social a través de la Fundacion Tripartita.
Anualmente, se asigna a las empresas una cuantía en concepto de credito de formación con el objeto de formar al personal de las empresas.
Una vez realizada la Formación, el gasto será deducido de las cotizaciones a la Seguridad Social de la empresa formada. El órgano encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Tripartita para la formación en el Empleo.
En caso de no utilizar el credito gestionado por la Fundacion Tripartita para la formación dentro del período de vigencia (año en curso), no podrá ser utilizado el año siguiente, la empresa no lo puede acumular, es decir, LA EMPRESA PIERDE LA CANTIDAD DESTINADA A FORMACIÓN.
Nosotros como entidad organizadora y centro autorizado para la impartición de esta formación le ayudamos a conocer el crédito formativo que tiene su empresa, ocupándonos del diseño, planificación, impartición y gestión de los planes formativos que necesite.
¿Quienes pueden recibir formación bonificada?
Los trabajadores que coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social, tanto en empresas privadas como en Entidades Públicas Empresariales.
Quedan excluidos los funcionarios y los autónomos, así como cualquier trabajador de organismo público no empresarial.
Pasos necesarios para acogerse a la formación bonificada
Toda la gestión del proceso será llevada a cabo por nuestro centro.
1 |
Adhesión al convenio de agrupación de empresas |
Convenio de adhesión. Necesario para calcular el credito formativo de la empresa. |
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2 |
Cálculo del presupuesto |
En función del credito formativo se realiza el presupuesto acorde a la acción formativa que se va a realizar. |
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3 |
Ficha de inscripción del alumno |
Fotocopia del DNI Fotocopia del encabezado de la última nomina |
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4 |
Comunicación a la Fundación Tripartita del inicio del curso |
La comunicacion de inicio debe hacerse con un mínimo de 7 días de antelación. |
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5 |
Impartición |
Inicio y desarrollo de la Acción Formativa. |
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6 |
Comunicación a la Fundación Tripartita de la finalización del curso |
7 |
Facturación |
Una vez finalizado el curso se realizará la facturación y cobro del mismo. Dicha factura deberá ser abonada por la empresa. |
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8 |
Practicar la bonificación |
La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el grupo. En el boletín de cotización del mes siguiente o en cualquiera de ellos, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso. |
Para ver los cursos ya diseñados por nosotros consultar nuestro catálogo de cursos.
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